Programa Auto+ 2026: ayudas para coches y furgonetas eléctricas

Lo más importante

  • Podrán solicitarla particulares, autónomos y empresas.
  • Podrán entrar determinadas compras realizadas desde el 1 de enero de 2026.
  • El vehículo deberá cumplir los requisitos establecidos por el programa y tener etiqueta CERO.
  • La convocatoria todavía no está abierta, pero ya puedes comprobar si tu caso puede encajar y empezar a preparar la documentación necesaria.
  • La ayuda dependerá del tipo de vehículo, su precio y otras características.
  • Las solicitudes se tramitarán por orden de presentación hasta agotarse el presupuesto.

Importante: haber comprado el vehículo no garantiza recibir la ayuda. Será necesario cumplir los requisitos y presentar correctamente la documentación.

¿Ya compraste el vehículo?

Si compraste un coche, furgoneta, motocicleta o cuadriciclo que podría acogerse al Programa Auto+, puedes solicitar una revisión inicial de tu caso.

Antes de iniciar cualquier tramitación comprobaremos datos básicos como:

  • Fecha de compra y matriculación.
  • Tipo de vehículo.
  • Precio sin impuestos.
  • Etiqueta ambiental.
  • Situación del solicitante.
  • Factura y forma de pago.

Así podrás saber si tu caso puede encajar antes de iniciar la gestión profesional.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Particulares

Personas físicas mayores de edad con residencia legal en España.

Podrán recibir ayuda para un máximo de un vehículo.

Autónomos

Podrán solicitarla los profesionales que desarrollen una actividad económica y cumplan los requisitos establecidos.

El límite podrá ser de hasta tres vehículos.

Empresas

También podrán acceder microempresas, pymes y otras empresas que cumplan las condiciones del programa.

El límite podrá llegar hasta diez vehículos.


¿Cuánto se puede recibir?

Los importes dependerán del vehículo y de las condiciones de cada solicitud.

Autónomos y microempresas

  • Turismo: hasta 6.000 €.
  • Furgoneta: hasta 7.500 €.
  • Motocicleta: hasta 1.100 €.
  • Cuadriciclo: hasta 1.500 €.

Particulares y otras empresas

  • Turismo: hasta 4.500 €.
  • Furgoneta: hasta 5.000 €.
  • Motocicleta: hasta 1.100 €.
  • Cuadriciclo: hasta 1.500 €.

Estas son cantidades máximas. La ayuda definitiva puede ser inferior.


¿Y las ayudas de hasta 12.000 €?

Las bases contemplan una modalidad especial para determinados autónomos y microempresas que podría permitir alcanzar importes superiores.

En determinados casos, una furgoneta podría recibir hasta 12.000 €.

Pero no será aplicable a todos los autónomos ni a todos los vehículos.

Será necesario comprobar, entre otras cuestiones:

  • Actividad económica.
  • CNAE incluido.
  • Tipo de vehículo.
  • Características del vehículo.
  • Resto de requisitos establecidos en la convocatoria.

Un requisito especialmente importante: el precio

Para los turismos, el límite general será de:

45.000 € sin impuestos

El cálculo se realiza después de aplicar los descuentos comerciales.

Por tanto, si compraste un turismo y supera este importe, es uno de los primeros aspectos que habrá que revisar.

Existen determinadas excepciones, por ejemplo para algunos vehículos de 8 o 9 plazas adquiridos por autónomos o empresas.

Para determinadas motocicletas, el límite será de 10.000 € sin impuestos.


¿Qué vehículos pueden entrar?

Entre otros:

  • Coches eléctricos.
  • Furgonetas y vehículos comerciales ligeros.
  • Determinadas motocicletas eléctricas.
  • Cuadriciclos.
  • Algunos híbridos enchufables que cumplan las condiciones.

El vehículo deberá cumplir los requisitos del programa y disponer de etiqueta CERO cuando corresponda.


¿Ya lo compraste desde enero de 2026?

Las bases permiten que determinadas operaciones realizadas desde el 1 de enero de 2026 puedan acogerse al programa.

Por tanto, haber comprado el vehículo antes de que se abra la convocatoria no significa necesariamente quedarse fuera.

Pero deberá comprobarse:

  • Fecha de compra y matriculación.
  • Características del vehículo.
  • Precio.
  • Factura.
  • Justificantes de pago.
  • Titular del vehículo.
  • Resto de requisitos.

Requisitos básicos que deberías comprobar

Antes de iniciar la solicitud conviene revisar que:

  • El vehículo puede acogerse al Programa Auto+.
  • Cumple los límites de precio correspondientes.
  • La factura está correctamente emitida.
  • Los pagos pueden justificarse.
  • Factura, pagos y vehículo corresponden al solicitante.
  • El solicitante está al corriente con Hacienda.
  • Está al corriente con la Seguridad Social cuando corresponda.
  • No existen causas que impidan recibir subvenciones públicas.
  • No se ha recibido otra ayuda incompatible.

En autónomos y empresas también pueden aplicarse requisitos adicionales.


¿Qué documentación deberías guardar?

Si ya compraste el vehículo, conserva:

  • Factura completa.
  • Justificantes bancarios de los pagos.
  • Permiso de circulación.
  • Ficha técnica.
  • Contrato de compra, renting o leasing cuando corresponda.
  • Cualquier documento relacionado con la operación.

No elimines documentación aunque todavía no se haya abierto la solicitud.


¿Necesitas ayuda para tramitar el Programa Auto+?

Si tu caso puede acogerse al programa y prefieres que un profesional se encargue de la gestión, puedes solicitar ayuda profesional.

El servicio incluye

  • Revisión de la documentación.
  • Preparación de la documentación.
  • Preparación y presentación de la solicitud.
  • Seguimiento del expediente.

Particular

120 € + IGIC

Autónomo

180 € + IGIC

Antes de contratar podrás conocer el funcionamiento del servicio y comprobar previamente si tu caso puede encajar.

Preguntas frecuentes

¿Ya puedo solicitar la ayuda?

Las bases del programa ya están publicadas, aunque la presentación efectiva de solicitudes dependerá de la apertura de la convocatoria y del sistema habilitado.

¿Puedo optar si ya compré el coche?

Sí puede ser posible si la operación cumple las fechas y requisitos establecidos.

¿Todos los autónomos recibirán 6.000 €?

No. Es una cantidad máxima. La cuantía dependerá del vehículo y del cumplimiento de los criterios establecidos.

¿Todas las furgonetas pueden recibir 12.000 €?

No. Es una modalidad especial limitada a determinados solicitantes, actividades y vehículos.

¿Puede solicitarla una sociedad limitada?

Sí, siempre que cumpla los requisitos.

¿Puede solicitarla un autónomo sin trabajadores?

En principio, tener trabajadores no es un requisito general del programa.

¿Puede solicitarse con renting o leasing?

Para autónomos y empresas pueden admitirse determinadas operaciones de renting o leasing que cumplan las condiciones establecidas.


Información todavía pendiente

Actualizaremos esta página a medida que se publique nueva información oficial sobre:

  • Apertura de solicitudes.
  • Fechas y plazos.
  • Documentación definitiva.
  • CNAE incluidos en determinadas modalidades.
  • Lista oficial de vehículos.
  • Condiciones adicionales.

Aviso importante

Esta información tiene carácter general y divulgativo.

Autónomos Canarios informa, simplifica y orienta, pero no sustituye el asesoramiento profesional individualizado.

La contratación de un servicio de tramitación tampoco garantiza la concesión de la ayuda. La decisión corresponde al organismo competente y dependerá del cumplimiento de todos los requisitos y de la disponibilidad presupuestaria.

Fuentes oficiales

Bases reguladoras del Programa Auto+

Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, publicado en el BOE el 23 de julio de 2026

Información oficial del Ministerio de Industria

Preguntas y respuestas oficiales sobre el Programa Auto+

Base de Datos Nacional de Subvenciones

Consultar convocatorias en la BDNS

Las bases reguladoras se publicaron en el BOE el 23 de julio de 2026, pero la convocatoria todavía no está abierta. Por tanto, aún no se puede presentar la solicitud.

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